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El tercer párrafo del artículo 113-A de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) establece que están obligados al pago del impuesto por los ingresos por la enajenación de bienes o la prestación de servicios a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares, los contribuyentes personas físicas con actividades empresariales que enajenen bienes o presten servicios… uno
Pago provisional de Impuesto Sobre la Renta de personas físicas del régimen de Plataformas Tecnológicas.
Artículo de la revista actualizandome.com
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